CURSO: INTRODUCCIÓN AL SISTEMA PENAL ACUSATORIO
LA REFORMA CONSTITUCIONAL MEXICANA EN MATERIA DE JUSTICIA PENAL
Como ya lo hemos mencionado, la reforma en materia de justicia penal en nuestro país, fue aprobada el 18 de junio del 2008 y publicada en el Diario Oficial de la Federación. Esta reforma, busca fortalecer una cultura de la legalidad, la convivencia pacífica y la gobernabilidad en un estado social y democrático. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos fue reformada en lo que se refiere a ciertas garantías de seguridad jurídica (derechos humanos) y en consecuencia, se modificó la estructura del proceso penal.
De esta forma, tenemos que el sistema penal debe ser explicado a nuestra sociedad en una forma simple, que genere transparencia y en lo posible, permita que todos tengan conocimiento de que regula un equilibrio entre los derechos del imputado y los de la víctima.
Con la reforma se incorporan instrumentos procesales que permiten mayor eficacia en la investigación y persecución penal de delitos complejos y de alto impacto.
Existe una relación clara, precisa y armónica entre el Ministerio Público y la policía, ambos son colocados como corresponsables en la investigación del delito.
Surgen tres jueces: juez de control, de juicio oral y de ejecución de sanciones penales y se plantea una distinción entre la investigación y el proceso e incorpora mecanismos de terminación anticipada.
COMPONENTES DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL
Los componentes esenciales de esta Reforma Constitucional son los siguientes:
I.- La Constitución Federal sustituye el sistema penal de corte inquisitivo, que data de la época de la colonia, por un sistema penal acusatorio y adversarial. Incorpora a este modelo de justicia, la obligatoriedad de la ley secundaria de construir mecanismos alternativos de solución de controversias que serán regulados en materia penal, asegurarán la reparación del daño y establecerán los casos en los que se requerirá supervisión judicial.
II.- Incluye, con una visión integral, un modelo de policía proactivo y profesional, otorgando facultades de investigación a la policía en corresponsabilidad con el Ministerio Público.
Consecuentemente, para la transformación del modelo de justicia penal acusatorio, debe existir una alineación o congruencia entre fines, medios y resultados. Debido a que, de nada servirían fines valiosos sin una adecuada instrumentación jurídica, respetuosa de los derechos fundamentales.
La eficacia y efectividad deben estar sustentadas en leyes, con propósitos valiosos y fines justos, para sustentar el sistema puesto que tradicionalmente, las añejas estructuras de la policía y el Ministerio Público en México revelan que no hay legalidad, sino oportunidad y discrecionalidad y que las víctimas enfrentan altos costos frente al principio de persecución pública y oficiosa del delito.
EL SISTEMA ACUSATORIO MEXICANO
El sistema acusatorio, adoptado con la Reforma Constitucional en vigor desde el 19 de junio del año 2008, exige una reingeniería de las instituciones de justicia y seguridad; aspira a lograr objetivos desarrollados en las sociedades modernas y democráticas, los cuales ahora son reproducidos a través de un movimiento de reforma procesal que se ha generado en algunos países de Latinoamérica hace más de una década.
Los objetivos tratan de resolver las fallas estructurales y funcionales dentro de la práctica del derecho no son nada novedosos, forman parte de los discursos oficiales desde hace ya varios años. Las metas del sistema acusatorio son:
Conseguir que sea accesible para recibir las denuncias de todas las personas.
Resolver las cuestiones que le son planteadas (instrumentación de códigos procesales y juicio de amparo).
Ser predecibles en decisiones.
Ser eficaces en el control del delito.
Ser respetuosos de las garantías judiciales.
Reprimir a quienes vulneren derechos.
Ser eficientes en la gestión administrativa.
Tener control y disminución considerable de la corrupción.
Contribuir a la legitimación del sistema democrático.
Objetivos de la Reforma Constitucional en materia procesal penal.
Los objetivos de la reforma del 18 de Junio del 2008 son:
Ajustar el sistema a los principios de un Estado Democrático de Derecho.
Defender y buscar equilibrio entre derechos de las víctimas y de los acusados.
Garantizar la imparcialidad en los juicios.
Implantar prácticas más eficaces contra la delincuencia organizada.
Adaptar las leyes penales a los compromisos internacionales.
Vincular el Sistema Nacional de Seguridad Pública con la protección a los derechos humanos y obligar a las autoridades federales, estatales y municipales a coordinarse mediante:
Compartir bases de información sobre criminalidad y el personal de las instituciones policiales.
Profesionalizar a fiscales, policías y peritos, regulando la selección, ingreso, formación y permanencia del personal.
Certificar competencias y abrir espacios a la participación social en la evaluación.
No hay comentarios:
Publicar un comentario